delito continuado de apropiación indebida y societario
Resultado: Estimación del recurso de casación.
Órgano jurisdiccional: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal.
Referencia: Sentencia 884/2016 de 24 de noviembre de 2016.
El Tribunal Supremo revoca la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a nuestro defendido, dos años y seis meses de prisión por la comisión de un delito societario de administración fraudulenta.
Nuestra defensa se basó en tres pilares: (i) una especial interpretación de la vulneración de derecho al non bis in idem en su vertiente relativa a la imposibilidad de que una persona sea enjuiciada dos veces por unos mismos hechos; (ii) falta de concurrencia de los elementos que integran el delito porque no se causó perjuicio ni a la sociedad, ni a los socios, ni a un tercero; (iii) ausencia del dolo que ha de abarcar este tipo delictivo.
La acusación particular también recurrió la condena con base en varios motivos , en síntesis, con la intención de elevar la condena y de que se declarara que nuestro cliente debía indemnizar a los otros socios en la cantidad de 2.500.000 €.
El Tribunal Supremo acepta nuestras dos peticiones, por un lado, desestima, con costas, el recurso interpuesto por la acusación particular; por otro, estima nuestro recurso, casa y anula la resolución impugnada, y dispone la absolución de nuestro patrocinado con todos los pronunciamientos favorables.
Etiquetas: Penal. Supremo. Administración fraudulenta. Delito societario. Apropiación indebida. Recurso de casación. Estimación íntegra. Revocación de la condena. Non bis in idem. Presunción de inocencia. Garantías procesales. Tutela judicial efectiva.
prescripción y punto de no retorno en delito de apropiación indebida
Resultado: Auto que estima el recurso y revoca la prescripción.
Órgano jurisdiccional: Audiencia Provincial de Madrid.
Referencia: Auto 667/2024 de 19 de julio de 2024.
Auto sobre el punto de no retorno y el plazo de prescripción.
Nuestra cliente acudió a nuestro despacho desesperada porque un fondo de inversión le estaba ejecutando la casa que había comprado y pagado.
Resulta que, en el momento de la compra, el promotor inmobiliario, en lugar de cancelar el préstamo que gravaba esa vivienda, hizo propia esa cantidad y continuó amortizando la hipoteca mensualmente hasta que un buen día dejó de pagarla. Ninguna noticia de ello tuvo nuestra defendida hasta que le notificaron el proceso de ejecución sobre su vivienda.
Al asumir el caso, planificamos una doble estrategia: (i) oponernos al proceso de ejecución e (ii) interponer querella por la comisión de un delito de apropiación indebida o de estafa agravada.
La Juez de Instrucción, el Fiscal y la defensa entienden que los hechos están prescritos porque el plazo debe contarse desde el momento en que la compradora transfirió el dinero para cancelar el préstamo hipotecario al promotor.
Nosotros, contra todos, consideramos que el plazo prescriptivo sólo comienza a correr desde el momento en que se desatiende el primer pago de la hipoteca.
La Audiencia Provincial de Madrid estima íntegramente nuestro recurso de apelación y declara:
“Y en el caso a estudio ese punto de no retorno no se descubre hasta junio de 2014, cuando el querellado deja de atender los pagos de la hipoteca y de destinarlos, por tanto, a su cancelación económica, dando lugar a todos los problemas que describe la parte apelante”
Gracias S. por su confianza.
Etiquetas: Penal. Delitos contra el patrimonio. Prescripción. Punto de no retorno. Apropiación indebida. Crédito al promotor.
DELITO DE FRAUDE A LOS PRESUPUESTOS DE LA UNIÓN EUROPEA Y DE ASOCIACIÓN ILÍCITA
Resultado: Auto de sobreseimiento.
Órgano jurisdiccional: Juzgado de Instrucción 4 de Vigo.
Referencia: Auto de 14 de febrero de 2022.
Nuestro cliente es denunciado por la Fiscalía Anticorrupción por unas presuntas irregularidades en la ejecución de un proyecto de I+D+I cofinanciado por el CDTI y el FEDER. La OLAF emitió un informe advirtiendo de un supuesto fraude atribuible al consorcio en el que se integraba nuestro defendido.
Nuestro objetivo es evitar la pena de banquillo. Por ello, nos afanamos en demostrar la inocencia de nuestro cliente desde un primer momento. No sólo eso, también cuestionamos el modo en que la OLAF accedió al domicilio social de nuestro defendido. Utilizamos como guía los criterios de la más reciente jurisprudencia, en concreto, la STS, Sala de lo Contencioso, de fecha 23 de septiembre de 2021, ECLI:ES:TS:2021:3502.
Conseguimos demostrar, en un complejo y arduo interrogatorio, que la representante de la OLAF (i) sólo ha tenido en cuenta cuestiones contables, no técnicas, porque carece conocimientos en tecnologías de la información y (ii) que ha incumplido las directrices que le impone el Reglamento Euratom 883/ 2013. Demostramos cumplidamente que no ha habido ningún fraude.
El Juez de Instrucción acoge nuestros argumentos y dispone el sobreseimiento provisional, que gana firmeza.
DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA
Resultado: Auto de sobreseimiento.
Órgano jurisdiccional: Juzgado de Instrucción 4 de Benidorm.
Referencia: Auto de 31 de enero de 2022.
El cliente, director comercial de una empresa de gestión de centros comerciales, es denunciado por la comisión de un delito de apropiación indebida.
Nuestra defensa es minuciosa y socava, procesal y fácticamente, la viabilidad del proceso. Nos percatamos de que el tiempo para acometer la fase de instrucción se había agotado. Ponemos de manifiesto esta situación al Juez Instructor, que, no obstante, ordena la práctica de una batería de diligencias de instrucción.
Disconformes con el proceder del Juez de Instrucción, interponemos un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, citamos la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, en concreto, la STS 2267/2021, de fecha 26 de mayo de 2021, ECLI:ES:TS:2021:2267, que establece que las diligencias practicadas fuera de plazo no son válidas y no tienen efecto alguno. La Audiencia estima nuestro recurso remarcando que una vez ha transcurrido el plazo de instrucción no puede ser reabierto.
La causa se queda sin ningún material incriminatorio, el Juez de Instrucción, abocado a ello, acuerda el sobreseimiento y archivo de las actuaciones. Un archivo que evita a nuestro cliente tener que sufrir la angustia de un juicio.
Etiquetas: Penal. Auto de sobreseimiento. Delitos económicos. Apropiación Indebida. Plazo máximo de la fase de instrucción. Indicios de criminalidad.
DELITO DE DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS
Resultado: Auto de sobreseimiento provisional.
Órgano jurisdiccional: Audiencia Provincial de Madrid. Sección 3ª.
Referencia: Auto 794/2021 de 20 de ocutbre de 2021.
Un sindicato no mayoritario de futbolistas achaca a nuestra cliente, que era una de sus empleadas y tesorera, el robo de información empresarial que habría obtenido de su ordenador del trabajo.
Cuestionamos la pericial aportada por la parte querellante. Demostramos que otras personas han tenido acceso a ese ordenador y que a nuestra defendida no cabe reprocharle ningún volcado de información. Probamos que nuestra cliente no ha puesto a disposición del sindicato mayoritario de futbolistas la información cuestionada, discutiendo, además, su carácter secreto y su trascendencia. El Juzgado acoge nuestros argumentos y dispone el sobreseimiento provisional.
El sindicato no mayoritario recurre ante la Audiencia Provincial. Nos oponemos al recurso y finalmente la Audiencia nos da la razón, confirmando el fin de esta pesadilla para una trabajadora encomiable.
Etiquetas: Penal. Auto de sobreseimiento. Espionaje empresarial.
DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA. LIQUIDACIÓN STOCK DE TABACO
Resultado: Sentencia absolutoria.
Órgano jurisdiccional: Audiencia Provincial de Las Palmas. Sección 2ª.
Referencia: Sentencia 361/2019 de 15 de noviembre de 2019.
La acusación particular reprocha a nuestros defendidos haberse apropiado del importe percibido por la liquidación de un stock de tabaco.
La petición de condena era de seis años de prisión por el delito de apropiación indebida, además, les acusaba de otro delito de falsedad en documento e interesaba, por estos hechos, la imposición de un año y nueve meses de prisión adicionales.
La responsabilidad civil solicitada era de 273.376 €. La Sala acoge nuestros argumentos de defensa y considera que no se ha enervado el derecho a la presunción de inocencia.
La Sala estima que las contradicciones que hicimos aflorar en el interrogatorio de los querellantes impiden que pueda dictar una sentencia de condena. Por otro lado, también logramos neutralizar la pericial contable de parte; demostramos su falta de rigor y la imposibilidad de aceptar sus conclusiones, por cuanto, a pesar de que así lo pretendían, no era un trabajo de auditoría.
Etiquetas: Delitos económicos. Liquidación de stock. Apropiación Indebida. Audiencia Provincial de Las Palmas. In dubio pro reo. Presunción de inocencia. Penal.
ASOCIACIÓN ILÍCITA Y DELITO CONTINUADO DE BLANQUEO DE CAPITALES
Resultado: Sentencia absolutoria.
Órgano jurisdiccional: Audiencia Nacional. Sección 3ª. Sala de lo Penal. Órgano jurisdiccional de Instrucción nº 5.
Referencia: Sentencia 36/2018 de 18 de octubre de 2018.
Se trata de un caso de gran envergadura y complejidad que involucra a 17 personas físicas y a 19 personas jurídicas por presuntos delitos de asociación ilícita y blanqueo de capitales. El Ministerio Fiscal pedía, para nuestra representada, cinco años y seis meses de prisión y 100 millones de euros de multa.
Según la acusación, se trata de una extensa y sofisticada trama internacional de blanqueo de capitales que involucraba a varias sociedades mercantiles en varios países y que se valía de profesionales expertos en asesoría jurídica, contable y fiscal. Los supuestos cabecillas utilizaban hombres de paja para no verse directamente involucrados en esas operaciones supuestamente ilícitas en la que se gestionaban capitales fruto de actividades delictivas.
Como consecuencia de un trabajo meticuloso y concienzudo, se consiguió la absolución de nuestra representada al desmontar todos y cada de uno de los argumentos de la Fiscalía.
Etiquetas: Audiencia Nacional. Absolución. Asociación ilícita. Blanqueo de capitales. Trama internacional.
Operación Lezo. Reclamación de la devolución de vehículos asignados a la UCO
Resultado: Consecución de la devolución de los vehículos.
Órgano jurisdiccional: Juzgado Central de Instrucción nº6 de Madrid.
Referencia: Auto de 27 de junio de 2018.
Se reclama la devolución de cuatro vehículos de nuestros clientes —investigados en el seno de esa causa— cuyo uso fue asignado a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. Se logra demostrar que la autorización de uso se concedió incumpliendo las prescripciones de la LECrim. Se logra la devolución de los cuatro automóviles.
Etiquetas: Penal. Audiencia Nacional. Penal. Reclamación. Admisión de la reclamación. Revocación.
DELITO DE DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS. CASO MARSANS
Resultado: Auto de sobreseimiento.
Órgano jurisdiccional: Juzgado de Instrucción 47 de Madrid.
Referencia: Auto 565/2018 de 10 de abril de 2018.
Nuestra cliente es denunciada por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos. Según el querellante, nuestra defendida ha extraído y difundido una información albergada en los ordenadores de su empresa que le perjudicaba porque demostraba su participación en unos hechos delictivos.
A través de los interrogatorios al propio querellante y a la fuerza actuante demostramos que esa información no ha sido sustraída, sino que o bien era de conocimiento público o bien provenía de las inferencias policiales.
El Juez de Instrucción concuerda con nuestros argumentos y dispone el sobreseimiento provisional, que gana firmeza.
DELITO SOCIETARIO CONTINUADO POR ABUSO DEL SOCIO MAYORITARIO
Resultado: Condena del administrador único y socio mayoritario.
Órgano jurisdiccional: Audiencia Provincial de Huelva. Sección 3ª.
Referencia: Sentencia 215/2017 de 27 de noviembre 2017.
Un caso típico de abuso de un socio mayoritario hacia uno minoritario. El socio mayoritario se arroga de facto la posición de socio único y aparta al minoritario de la marcha y avatares del negocio.
El Juzgado de lo Penal, y la Audiencia lo confirma, le condena como autor de un delito societario del artículo 293 del CP. Logramos la condena a pesar de todas las trabas y argucias legales utilizadas por el querellado.
Etiquetas: Penal. Sentencia condenatoria. Recurso de apelación. Delito societario. Abuso del socio mayoritario.
DELITO SOCIETARIO Y APROPIACIÓN INDEBIDA
Resultado: Sentencia absolutoria.
Órgano jurisdiccional: Juzgado de lo Penal nº 2 de Albacete.
Referencia: Sentencia 466/2017 de 14 de noviembre de 2017.
Delito societario, los administradores concursales de una S.L. denuncian a nuestro defendido por la presunta apropiación de caudales de una mercantil (600.000 €) y por haber efectuado una serie de contratos en perjuicio ésta.
Nuestro bufete planteó una defensa basada en dos frentes.
En el primero, se debate sobre las condiciones objetivas de procedibilidad y la legitimación que ostentan los administradores concursales para interponer denuncia.
En el segundo, se cuestiona la esencia de los hechos y se logra demostrar que en el contexto económico en que se firmaron los contratos no aparejaban con carácter necesario un perjuicio para la empresa.
Se logra la absolución con todos los pronunciamientos favorables.
Etiquetas: Penal. Delito societario. Apropiación indebida. Absolución. Defensa en dos frentes.
DEFRAUDACIÓN DE FLUIDO ELÉCTRICO
Resultado: Sentencia absolutoria.
Órgano jurisdiccional: Juzgado de 1º instancia nº 4 de San Lorenzo de El Escorial.
Referencia: Sentencia 84/2017 de 28 de octubre de 2017.
Se trata de un supuesto fraude en el aparato contador de agua de una vivienda arrendada. A pesar de la existencia del mecanismo que altera el contador, se consigue la absolución de nuestro representado mediante una argumentación sencilla, pero contundente, con la que demostramos que no se ha acreditado perjuicio alguno.
Etiquetas: Penal. Delito leve. Defraudación de fluido eléctrico o análogos.
DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA Y FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL
Resultado: Absolución y revocación íntegra de la condena.
Órgano jurisdiccional: Audiencia Provincial de Madrid. Sección 15ª. Sala de lo Penal.
Referencia: Sentencia 712/2016 de 28 de diciembre de 2016.
El Juzgado de lo Penal absuelve a nuestro defendido de un delito contra la hacienda pública y le condena como autor de un mero delito de falsedad en documento mercantil. Ahora bien, no nos quedamos satisfechos con la absolución por uno de los dos delitos y formulamos recurso de apelación, al igual que el Abogado del Estado, que insistía en que procedía condenar a nuestro representado por el delito contra la Hacienda Pública.
En fase de apelación conseguimos que la Sala rechace el recurso del Abogado del Estado y que prospere el nuestro. Nuestro recurso se fundamentó en un análisis riguroso de la sentencia condenatoria, que nos llevó a entender que la forma en que estaba redactada vulneraba los derechos a recibir una respuesta fundada en derecho y a la tutela judicial efectiva.
La Sala concuerda con nosotros, así lo declara y acuerda la libre absolución de nuestro cliente.
Etiquetas: Penal. Absolución. Revocación íntegra. Delito contra la Hacienda Pública. Delito de falsedad en documento mercantil.
DELITO DE ESTAFA A HIPERMERCADO
Resultado: Sentencia absolutoria.
Órgano jurisdiccional: Juzgado de lo Penal nº1 de Getafe.
Referencia: Sentencia 272/2015, de 11 de junio de 2015.
Se atribuyó a nuestro cliente un plan para defraudar, mediante el canje de los boletos de una promoción de regalos, al hipermercado en que trabajaba.
La defensa se basó en el hecho de que la propia promoción no estaba bien pensada porque adolecía de disfuncionalidades que permitían explotar sus puntos débiles sin que ello supusiera la comisión de ilícito alguno.
El Juez acoge nuestros argumentos y considera que no existe prueba de la sustracción y que, según expusimos, la promoción en cuestión permitía forzar el canje de esos boletos con premio.
Etiquetas: Penal. Absolución. Hurto. Pena de prisión.
FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL
Resultado: Sentencia absolutoria.
Órgano jurisdiccional: Audiencia Provincial de Madrid. Sección nº6.
Referencia: Sentencia 88/2015 de 5 de febrero de 2015.
Se acusa a nuestro cliente, en su calidad de consejero de una Sociedad Limitada, de la falsificación, en connivencia con el secretario del consejo de administración, de las actas del referido consejo y de ciertas delegaciones de voto.
El Juzgado de lo Penal le condenó como autor de un delito de falsedad en documento mercantil a la pena de seis meses de prisión y seis meses de multa con una cuota diaria de diez euros.
Frente a esta Sentencia interpusimos recurso de apelación aduciendo la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de falta de motivación por cuanto los hechos declarados probados por la Sentencia impugnada no estaban redactados de manera precisa y bastante.
La Audiencia estima nuestros argumentos, nuestro recurso, y decreta la libre absolución de nuestro cliente.
Etiquetas: Penal. Audiencia Provincial. Recurso de apelación. Absolución. Revocación de la sentencia. Falsedad en documento mercantil. Administrados de una sociedad.
FALSIFICACIÓN EN DOCUMENTO PÚBLICO
Resultado: Sobreseimiento de la causa.
Órgano jurisdiccional: Juzgado de Instrucción nº 1 de San Lorenzo de El Escorial.
Referencia: Auto de 15 de mayo de 2012.
Nuestro cliente, policía municipal, es denunciado por una concejal del grupo minoritario del ayuntamiento donde trabaja.
Conseguimos el archivo de la causa en una fase inicial del procedimiento porque logramos anular, punto por punto, los supuestos indicios de criminalidad esgrimidos por la concejal denunciante.
Así, el Juzgado consideró nuestras explicaciones válidas y decidió acceder a nuestro pedimento, acordando el sobreseimiento de la causa contra nuestro defendido.
Etiquetas: Penal. Juzgado de Instrucción. Falsificación de documento público. Atestado Policía Judicial.
DELITOS CONTRA LA FLORA Y LA FAUNA, DE PREVARICACIÓN Y DE COHECHO
Resultado: Auto de sobreseimiento.
Órgano jurisdiccional: Juzgado de Instrucción nº3 de San Lorenzo de El Escorial.
Referencia: Auto de 31 de agosto de 2012.
En este caso, se articula una defensa basada en la vulneración de los derechos fundamentales que asisten a todo ciudadano, en concreto, de los derechos a la intimidad y a la propia imagen.
Un programa de televisión accedió, con cámara oculta, a la propiedad de nuestro defendido. El personal del programa se entrevistó con nuestro cliente y filmó el interior de su propiedad. El programa de televisión utilizó estas imágenes para denunciar la comisión de varios delitos, en concreto, desde delitos contra la flora y la fauna hasta el cohecho.
El Juzgado de Instrucción inició el correspondiente procedimiento penal. Nuestro bufete consigue que se declare la ilicitud de esa grabación y se logra, por la vía del artículo 11.1 de la LOPJ, su expulsión del proceso. Ante el vacío probatorio provocado, el Juez de Instrucción dispone el sobreseimiento del caso.
Etiquetas: Derechos fundamentales. Derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Tribunal Constitucional. Cámara oculta. Programa de televisión.
PRESCRIPCIÓN DE FALTA DE HURTO EN LOCAL COMERCIAL
Resultado: Absolución con desestimación del recurso de la Fiscalía.
Órgano jurisdiccional: Audiencia Provincial de Madrid. Sección 15ª. Juzgado de lo Penal nº25.
Referencia: Sentencia 359/2010 de 15 de octubre de 2010.
Defendemos los derechos de nuestro patrocinado al velar por que se le apliquen todas las garantías legales. En particular, en lo que se refiere a respetar los tiempos dispuestos por la Ley con relación a las actuaciones judiciales, y, en otro orden, a la valoración real de los artículos hurtados, pues según el valor de los artículos en cuestión el mismo hecho se puede considerar falta o delito, hoy, delito o delito leve.
Etiquetas: Hurto. Absolución. Prescripción. Falta. Valoración arbitraria.
ADOPCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES EN UN DELITO CONTRA EL MEDIOAMBIENTE
Resultado: Concesión de la medida cautelar.
Órgano jurisdiccional: Audiencia Provincial de Guadalajara. Sala de lo Penal. Sección 1ª.
Referencia: Auto 221/2009 de 19 de noviembre de 2009.
En este asunto, varios vecinos de un pueblo nos encomendaron su defensa para paralizar el barrenado de unos montes usados comunalmente.
A pesar de que la empresa constructora se condujo con discreción y comenzó las obras con sigilo, el Despacho consiguió paralizar las obras el mismo día en que colocaron el barrenado evitando el destrozo de esos montes.
Etiquetas: Penal. Delitos contra el medio ambiente. Medidas cautelares.
ESTAFA MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO FALSIFICADAS
Resultado: Estimación parcial con anulación de la condena por delito de estafa.
Órgano jurisdiccional: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal. Sección 1ª.
Referencia: Sentencia 675/2007 de 17 de julio de 2007.
Una victoria ante el Tribunal Supremo. Se procedió a una compleja y técnica defensa de nuestro cliente consiguiendo atenuar la pena dictada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional mediante recurso de Casación en el que aceptaron parcialmente nuestras alegaciones.
En concreto, el engaño se debe dar entre personas, no se puede engañar a una máquina. También se demostró una falta de tutela judicial efectiva por cuanto logramos que apreciaran arbitrariedad al atribuir a nuestro representado operaciones que no estaban debidamente acreditadas.
Etiquetas: Recurso de Casación. Estimación parcial. Estafa continuada. Tribunal Supremo. Derecho a la tutela judicial efectiva. Penal.